Alrededor de 13 millones de mexicanos pueden hacer teletrabajo
31/10/2022
Autor: Juan Méndez
Foto: Juan Méndez
La Norma 037, es la Norma Oficial Mexicana que busca regular las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo y esa nueva norma tiene por objetivo establecer básicamente las condiciones de operación en tres rubros importantes, riesgos físicos, riesgos ergonómicos y riesgos psicosociales.

El teletrabajo está siendo un tema que está generando controversia en muchas empresas, una vez que se está saliendo de la pandemia de salud, y muchas empresas decidieron regresar de manera presencial y no ha sido del beneplácito para muchos trabajadores y de ahí han surgido grandes preguntas, como, ¿a qué está obligada la empresa a hacer?, ¿a qué está obligado el empleado a hacer bajo estas condiciones? y sobre todo, ¿qué pasa con la infraestructura?, porque en el teletrabajo hay muchas cosas por atender.

Para llevar adelante un teletrabajo óptimo, se necesita un acceso a internet eficiente, que permita soportar las actividades a la distancia, México en cuanto a eficiencia y velocidad de internet a nivel internacional se encuentra rankeado en el lugar 73 de más de 190 países, está avanzando a un punto medio, somos de las naciones que no tenemos el mejor acceso a internet, además de contar con proveedores que ofrecen este servicio con diferentes características lo que también dificulta la comunicación, manifestó Cynthia Montaudon Tomas, Directora del Observatorio de la Competitividad y Nuevas Formas de Trabajo de la UPAEP.

Agregó que además del servicio de internet está el servicio de energía eléctrica, que tiene que soportar la conectividad a internet y que en nuestro país se presentan fallas en temporadas de lluvias y que provoca cierta inestabilidad, y qué decir de los equipos de cómputo que se requieren para llevar adelante el teletrabajo, como es el procesador del equipo, una buena cámara, así como los servicios de audio que permitan una comunicación óptima.

Montaudon Tomas refirió que cuando se reúnen todos estos elementos y condiciones para poder trabajar de manera remota, observamos que hay condiciones que recaen sobre las empresas y otras que recaen sobre los trabajadores, pero hay ciertas condiciones de la ley, en particular la reforma al artículo 311 en materia de teletrabajo que pareciera desde la perspectiva de las empresas, que les impone demasiadas cargas, es decir, pareciera que son las empresas las que deben poner todos estos elementos al servicio del trabajador y el trabajador se compromete de alguna manera al resguardo y buen cuidado.

Indicó que todo esto implica que las empresas aporten el pago proporcional del servicio de internet y el pago de energía eléctrica en los hogares, lo que no está claro es cuál será la parte proporcional que tendrá que cubrir una de las dos partes.

Agregó que de acuerdo a los preceptos de la ley, corresponde a las empresas la instalación de los equipos necesarios en el domicilio en donde se van a utilizar, que puede ser la casa o el domicilio que indique el empleado, además de que tiene que garantizar el mantenimiento de los equipos.

La académica manifestó que existen empresas grandes que cuentan con un equipo de redes o servicios tecnológicos que se encuentran al interior de las organizaciones, pero no cuentan con esas cuadrillas móviles que puedan estar acudiendo a los hogares para proporcionar el servicio que se requiere, lo cual parece complicar el panorama sobre lo que pretenden hacer las empresas y por ello, para las organizaciones es más sencillo que los empleados regresen a la presencialidad.

En su intervención, Ingrid Pinto López, Directora del Área de Investigación del Observatorio de la Competitividad y Nuevas Formas de Trabajo de la UPAEP, comentó que en enero del año pasado, a partir de las necesidades derivadas de la Covid-19, se propuso en México la Ley del Teletrabajo que finalmente fue un decreto por el que se reformó el artículo 311 que buscaba establecer las condiciones en las que estas modalidades de empleo se puede llevar a cabo tanto para empresas como para personas que en ese momento de manera obligada tuvieron que trabajar en esa modalidad.

Dijo que derivado de esa ley surge ahora la Norma 037, que es la Norma Oficial Mexicana que busca regular las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo y esa nueva norma tiene por objetivo establecer básicamente las condiciones de operación en tres rubros importantes; los riesgos físicos, los riesgos ergonómicos que tiene que ver con la identificación de los elementos que permitan a las personas trabajar en este esquema y que no se vea afectada su salud de manera posterior y también esta norma habla de los riesgos psicosociales durante el desempeño de las actividades de teletrabajo.

Comentó que otro de los aspectos que se tienen que atender en el campo de los riesgos psicosociales está que la organización debe establecer las condiciones para evitar la desconexión social a partir de la generación de políticas que permitan regular este proceso y medirlo, además de otras situaciones que se puedan presentar en el caso de las mujeres que tengan que llevar este esquema de trabajo desde su casa y no tengan las condiciones de poderlos desarrollar en entornos familiares favorables.

Expresó, “la norma menciona que la organización debe generar las estrategias que permitan estar midiendo y analizando si puede existir algún riesgo potencial que pueda generar algún tipo de violencia, particularmente en lo referente a la violencia de género al llevar a cabo el teletrabajo”.

Abundó que es todo un marco en el que la norma particularmente genera los lineamientos a partir de los cuales tanto organizaciones como los empleados que busquen trabajar en este esquema van a tener que atender para generar las mejores condiciones para dar paso al esquema de teletrabajo.

Pinto López subrayó que el teletrabajo trae muchos beneficios y que mucha gente ya tuvo la experiencia de vivirlos durante el proceso de la pandemia y la idea ahora es regularlo y ponerlo en acción en esta nueva normalidad social.

En ese orden de ideas, Cynthia Montaudon señaló que otro elemento condicionante para estandarizar los elementos que se podrían dar en los empleados que quieran trabajar en esta modalidad del teletrabajo son los espacios en los que viven cada uno de ellos, así como los servicios de internet que hay en las zonas en las que viven y que también resulta complicado estandarizar.

Ingrid Pinto acotó que de acuerdo a datos del INEGI, alrededor de 13 millones de mexicanos podrían estar en condiciones de poder trabajar bajo este esquema, y la Norma 037 que es de reciente creación trae consigo una serie de retos para las organizaciones, “porque ahora en estos momentos se trata de normar, ya no estamos intentando generar cuestiones apresuradas como ocurrió durante la pandemia de manera muy intempestiva, hoy con las condiciones que se observan de beneficio, de realizar las actividades bajo este esquema de teletrabajo, en donde se busca eficientar y aprovechar el tiempo”.