Reporte Económico y Financiero del 20 al 26 de septiembre del 2024
03/10/2024
Autor: Dr. Anselmo Salvador Chávez Capó
Cargo: Profesor Investigador UPAEP

La importancia de los seguros de automóvil en el transporte público y cumplimiento para ofrecer protección integral para pasajeros, conductores y concesionarios

En la dinámica de la movilidad urbana y rural, el transporte público desempeña un papel crucial al permitir el desplazamiento de miles de personas diariamente, sin embargo, los accidentes de tránsito son inevitables en este proceso, y cuando ocurren en vehículos de transporte público, las consecuencias pueden ser devastadoras. Ante esta realidad, los seguros de automóvil para transporte público surgen como una herramienta fundamental que protege a las partes involucradas: pasajeros, conductores y concesionarios, la implementación adecuada de estos seguros no solo garantiza la seguridad financiera, sino que también promueve una movilidad más segura, confiable y responsable.

 

En el Estado de Puebla, el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla señala que en lo que corresponde a la responsabilidad civil de toda persona que preste servicios de transporte en sus diferentes modalidades, está obligada a contratar con póliza de seguro vigente de responsabilidad civil a pasajeros y daños a terceros en su persona y bienes, vehículos o en su patrimonio, que puedan resultar afectados por siniestros derivados de la prestación de dichos servicios; la cual debe ser presentada ante la autoridad correspondiente, resultando indispensable para prestar el servicio. Esta póliza debe contar entre otras con las siguientes especificaciones:

  1. Responsabilidad civil por daños a terceros, cubre 50,000 veces las Unidades de Medida y Actualización Vigente (UMA) por evento; por lo que si se considera que la UMA tiene un valor al día 26 de septiembre de 2024 de 108.57 al multiplicarse por 50,000 el resultado es de 5,428,500.
  2. Gastos médicos para conductor y familiares cubre 5,000 veces las UMA vigente, por evento a 108.57 da como resultado 542,850.
  3. La indemnización por la pérdida de la vida será por una cantidad mínima equivalente a 5,000 veces la UMA vigente por cada una de las personas fallecidas; por lo que el costo es de 542,850.
  4. La indemnización por concepto de lesiones a que tienen derecho las personas usuarias y terceras afectadas deberá cubrir totalmente los pagos que se originen. Por la asistencia médica, la hospitalización y los aparatos de prótesis y ortopedia, será de un monto de al menos el que corresponda a la indemnización por muerte.
  5. La póliza de seguro debe ser de vigencia anual. 

 

Cabe señalar que en el artículo 29 de este Reglamento, se señala que cuando un vehículo con el que se preste el servicio público, mercantil, auxiliares o ejecutivo, se vea involucrado en un siniestro de tránsito, el conductor debe detener inmediatamente la unidad, verificar si hay lesionados y prestar ayuda en todo lo posible, notificar a los servicios de emergencia, permanecer en el lugar de los hechos, colocar los señalamientos respectivos de abanderamiento y dar aviso a la aseguradora correspondiente. Así mismo, cuando derivado del siniestro de tránsito resulten daños, lesiones, o pérdida de la vida de una persona, será suspendida provisionalmente la concesión, permiso o registro respectivo, licencia de conducir y se impondrá el retiro del vehículo de la circulación, como medida de seguridad, para su depósito en el área que determine la Secretaría, hasta en tanto la autoridad competente dicte la sentencia o resolución correspondiente.

 

Por lo que contar con un seguro para vehículos de transporte público no es solo una opción, sino un requisito legal. Las autoridades establecen estas normativas para garantizar que, en caso de accidentes, las partes involucradas no queden desprotegidas. El cumplimiento de estas disposiciones legales no solo evita sanciones o multas para los concesionarios, sino que también promueve una cultura de seguridad y responsabilidad dentro del sector del transporte público.

 

De ahí la importancia de la comunicación de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) de Puebla, la cual informó que no aceptará pólizas de seguros para transporte público emitidos por la empresa Banorte ante la negativa de cubrir gastos por accidentes viales a partir del 2 de octubre, esta medida responde a múltiples denuncias presentadas por concesionarios del transporte público, quienes han reportado que Seguros Banorte se ha negado a asumir la responsabilidad y cubrir los gastos de las personas usuarias afectadas en accidentes viales.

Una aseguradora puede negarse legalmente a pagar un siniestro relacionado con un accidente de transporte público bajo ciertas circunstancias específicas, siempre y cuando estén estipuladas en el contrato de seguro y sean consistentes con la legislación aplicable. A continuación, se presentan algunas de las justificaciones legales más comunes:

  • Incumplimiento de los términos del contrato de seguro.
  • Falsificación de información o declaraciones inexactas por vencimiento o impago de la prima. 
  • Uso indebido del vehículo asegurado, por la modificación del uso o actividad asegurada o por la sobrecarga de pasajeros.
  • Infracciones legales o normativas, como el que el conductor maneje sin licencia o con licencia no válida, o por manejar vehículo sin permisos de operación vigentes.
  • Que el conductor maneje bajo influencia de alcohol o drogas. 
  • Por negligencia grave, como el que el concesionario de un mantenimiento deficiente al vehículo, o dolo si el accidente fue causado intencionalmente por el conductor.
  • Exclusiones específicas de la póliza como accidentes ocurridos en zonas geográficas no cubiertas, daños causados por disturbios sociales, o desastres naturales. Algunas pólizas limitan la cobertura a horarios específicos de operación. Si el accidente ocurre fuera de esos horarios, la aseguradora puede negar la cobertura basándose en que el vehículo no estaba operando dentro de los parámetros asegurados.
  • Retraso en la notificación del siniestro.

La negativa de una aseguradora a pagar un accidente de transporte público debe estar fundamentada en incumplimientos contractuales o legales que justifiquen la falta de cobertura, por lo que, si el asegurado incumple con las condiciones establecidas, la aseguradora tiene la facultad de rechazar la reclamación, siempre que se respeten los derechos del asegurado y se sigan los procedimientos legales correspondientes.

Es importante considerar que de acuerdo con la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) de Puebla, entre enero y mayo de 2024, se han registrado un total de 2,442 accidentes viales, de los cuales 207 involucraron unidades de transporte público, lo que equivale al 8.5% del total, por lo que aproximadamente se presentan 1.4 accidentes por día del transporte público.

Esta realidad muestra que los accidentes del transporte público son frecuentes, por lo que al no cubrir de manera eficiente y justa el evento, la aseguradora está afectando a los tres participantes de esta actividad. Primero, a las personas, ya que al no pagar el evento, estas tienen que cubrir los gastos de hospitalización, curaciones y efectos secundarios temporales que se presenten después del accidente. Después, a los conductores, pues además del impacto económico y de salud, el conductor no podrá recuperarse ya que tendrá que afrontar con la presión de perder su fuente de ingresos, debido a que los costos legales derivados de una demanda pueden ser significativos y, en muchos casos, inaccesibles para un conductor promedio. Finalmente, para los concesionarios, el vehículo representa no solo una fuente de ingresos, sino también un activo importante que debe ser protegido, por lo que el costo de reparación o reemplazo de un vehículo dañado en un accidente puede ser considerable, lo que eventualmente puede disminuir su patrimonio o eventualmente que hacer que lo pierda completamente.

 

De lo anterior se desprenden dos motivos por los cuales la aseguradora no cubre las consecuencias del accidente:

  • Debido al incumplimiento de las cláusulas que integran la póliza por parte de los concesionarios y/o los conductores que pueden caer en los supuestos legales que le dan a la aseguradora la justificación para no cubrir el evento, por lo cual los responsables de este deben contar con los papeles en regla: que los conductores se encuentren capacitados, que no observen conductas indebidas, y que cuenten con las aptitudes para realizar un trabajo que implica una responsabilidad que va desde pérdidas económicas, hasta lo más valioso, la vida humana.
  • En el caso de que la aseguradora, por medio de artilugios legales, componendas o corrupción con la autoridad este torciendo la ley para evitar cumplir con su obligación legal y hasta moral de apoyar a las víctimas del siniestro, se tiene que levantar una queja ante la Comisión Nacional de seguros y Fianzas (CNSF) por mala práctica comercial para que se investigue a la aseguradora. 

 

Los seguros de automóvil en el transporte público son una herramienta vital para garantizar la seguridad y protección de todas las partes involucradas: pasajeros, conductores y concesionarios. Su implementación no solo proporciona una red de seguridad financiera en caso de accidentes, sino que también promueve una cultura de responsabilidad y cumplimiento normativo que mejora la seguridad vial. En un entorno donde los imprevistos pueden tener consecuencias graves, los seguros ofrecen una solución que mitiga el impacto de los accidentes, proporcionando tranquilidad y estabilidad a quienes dependen del transporte público diariamente, por lo que asegurar el transporte público no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino una necesidad imperiosa para garantizar un servicio seguro, confiable y justo.

 

Indicadores Financieros el 26 de septiembre de 2024

El peso esta semana, mostró una leve ganancia frente al dólar en la sesión de este jueves, en una sesión en la que destacó el anuncio del Banco de México de un recorte de 25 puntos base. para ubicarla en 10.5%. De acuerdo con el cierre del Banxico, la moneda mexicana tuvo una apreciación de 0.09%, o dos centavos, respecto a su cierre previo. Con ello, el tipo de cambio se ubicó en 19.62 pesos por dólar. En ventanilla bancaria el dólar se vendió en 20.13 y se compró en 19.05 pesos por dólar. 

 

La Mezcla Mexicana de Explotación observó una pérdida de 2.35 dólares lo que equivale al 3.58% menos con respecto al precio de cierre del día anterior, al cotizarse en el mercado energético internacional en 63.37 dólares por barril de acuerdo con datos de Petróleos Mexicanos (Pemex), en lo que va del año el energético mexicano ha perdido 6.33%; así mismo al comparar el 26 de septiembre de 2024 con la misma fecha del año anterior, la pérdida ha sido del 26.91%.

 

Los mercados bursátiles mexicanos se alinearon a los mercados norteamericanos al cerrar con números verdes, el S&P/BMV avanzó 0.75%, alcanzando los 53,590.52 puntos y el FTSE BIVA repuntó 0.82% a los 1,092.82 puntos.

 

En los mercados accionarios en Estados Unidos, cerraron con ganancias en la sesión de este jueves, mostrando optimismo tras la publicación de indicadores económicos que resultaron mejor a lo esperado por los mercados. El Promedio Industrial Dow Jones avanzó 0.62%, a los 42,175.11 puntos; el Nasdaq Composite ganó 0.6%, llegando a las 18,190.29 unidades, mientras que el S&P 500 avanzó 0.4%, a los 5,745.37 puntos, un nuevo máximo histórico.

 

Indicadores Económicos del 20 al 26 de septiembre 

23-09

INDICADOR GLOBAL DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA (IGAE) Julio de 2024 

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) presenta los resultados del Indicador Global de la Actividad Económica (IGAE). Este permite conocer y dar seguimiento a la evolución del sector real de la economía en el corto plazo. 

En julio de 2024 y con cifras desestacionalizadas, el IGAE incrementó 0.6% a tasa mensual. 

Por componente, en el séptimo mes de 2024 y con cifras ajustadas por estacionalidad, las actividades primarias crecieron 11.6%; las terciarias, 0.4%, y las secundarias, 0.2%. 

A tasa anual y con series desestacionalizadas, el IGAE aumentó 2.0% en términos reales. Por grandes grupos de actividades, las primarias ascendieron 12.5%; las terciarias, 2.2%, y las secundarias, 0.6%.

 

INDICADORES DEL SECTOR SERVICIOS Julio de 2024 

El INEGI presenta los resultados de la Encuesta Mensual de Servicios (EMS). Esta da a conocer el comportamiento de las principales variables de los servicios privados no financieros del país. 

En julio de 2024 y con datos ajustados por estacionalidad, los ingresos totales reales por suministro de bienes y servicios, de los servicios privados no financieros, disminuyeron 0.5%; el personal ocupado total, 0.1%, y las remuneraciones totales reales, 0.2% con respecto a junio pasado. Los gastos totales por consumo de bienes y servicios incrementaron 0.3%. Con cifras ajustadas por estacionalidad y a tasa anual, el índice agregado de ingresos totales reales por suministro de bienes y servicios aumentó 3.7%; el de personal ocupado total, 1.1%; el de gastos totales por consumo de bienes y servicios, 2.9%, y el de remuneraciones totales, 7.6% en julio de 2024.

INDICADORES DE EMPRESAS COMERCIALES Julio de 2024 

El INEGI presenta los resultados de la Encuesta Mensual sobre Empresas Comerciales (EMEC). Esta proporciona indicadores relevantes sobre el comportamiento del comercio interior de México. En julio de 2024, a tasa mensual y con cifras desestacionalizadas, en las empresas comerciales al por mayor, los ingresos reales por suministro de bienes y servicios aumentaron 1.5%. El personal ocupado total no presentó variación y las remuneraciones medias reales cayeron 0.2%. A tasa mensual y con datos ajustados por estacionalidad, en las empresas comerciales al por menor, los ingresos reales por suministro de bienes y servicios crecieron 0.7% y el personal ocupado total, 0.1%. Las remuneraciones medias reales descendieron 0.4%. En el séptimo mes de 2024 y a tasa anual, los datos desestacionalizados del comercio al por mayor se comportaron de la siguiente manera: los ingresos reales por suministro de bienes y servicios disminuyeron 6.0% y el personal ocupado total, 1.0%. Las remuneraciones medias reales pagadas subieron 5.3%. En las empresas comerciales al por menor, a tasa anual y sin el factor estacional, los ingresos reales bajaron 1.5%. El personal ocupado total incrementó 0.9% y las remuneraciones medias reales, 5.5%.

 

24-09

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC) Primera quincena de septiembre de 2024 

El INEGI da a conocer los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Su objetivo es medir la variación de los precios de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo de los hogares mexicanos que adquiere una o un consumidor urbano promedio. En la primera quincena de septiembre de 2024, el INPC presentó un incremento de 0.09% respecto a la quincena anterior. Con este resultado, la inflación general anual se ubicó en 4.66%. En la misma quincena de 2023, la inflación quincenal fue de 0.25% y la anual, de 4.44%. 

 

El índice de precios subyacente aumentó 0.21% a tasa quincenal y 3.95% a tasa anual. En el mismo periodo, el índice de precios no subyacente registró una variación de -0.31% quincenal y de 6.73% anual. Al interior del índice subyacente, a tasa quincenal, los precios de las mercancías crecieron 0.18% y los de servicios, 0.24%. Dentro del índice no subyacente, a tasa quincenal, los precios de los productos agropecuarios disminuyeron 0.83% y los de energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno subieron 0.11%.

 

INDICADORES DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS Julio de 2024 

El INEGI presenta los resultados de la Encuesta Nacional de Empresas Constructoras (ENEC). Esta da a conocer el comportamiento de las principales variables del sector Construcción del país. En julio de 2024 y con datos ajustados por estacionalidad, el valor de producción que generaron las empresas constructoras descendió, en términos reales, 0.9% y las remuneraciones medias reales, 0.6%. El personal ocupado total no registró variación y las horas trabajadas incrementaron 1.2%, a tasa mensual. A tasa anual y con cifras desestacionalizadas, el valor real de producción de las empresas constructoras retrocedió 10.4%. Las remuneraciones medias reales crecieron 6.4%; el personal ocupado total, 1.9%, y las horas trabajadas, 1.0%, en julio de este año.

 

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Referencias 

 

INDICADOR GLOBAL DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA (IGAE)

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/igae/igae2024_09.pdf

INDICADORES DEL SECTOR SERVICIOS

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ems/ems2024_09.pdf

INDICADORES DE EMPRESAS COMERCIALES

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/emec/emec2024_09.pdf

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC)

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/inpc_1q/inpc_1q2024_09.pdf

INDICADORES DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/enec/enec2024_09.pdf