Hacia una filosofía del cadáver humano
26/05/2025
Autor: Mtro. Carlos Ramos Rosete
Cargo: Profesor de Formación Humanista

La palabra cadáver proviene del verbo cadere que significa caer, haciendo alusión al cuerpo biológico que como totalidad ha dejado de vivir y por consecuencia entra en un proceso de descomposición orgánica.

El término cadáver se ubica en un contexto de materia biológica que fue viva, pero que ha dejado de serlo. Para algunas personas tal denominación tiende a un punto de vista cosificador y podría herir a su sensibilidad cuando se aplica la palabra cadáver a una persona muerta. Otro término menos cosificante para referirse a una persona muerta es el de restos humanos. Y ya que se habla del significado de palabras ¿qué tan válido es la expresión persona muerta?

La palabra persona puede entenderse de muchas maneras. Se podría entender como un sujeto singular realizado en un cuerpo biológico con la capacidad de pensar, elegir y sentir emociones. En la muerte como situación irreversible, tal capacidad de pensar, elegir y sentir emociones desaparecería en absoluto y por consecuencia su cuerpo entraría en proceso de descomposición orgánica, se presentaría la situación de ser un cadáver humano.

Otra forma de entender a la persona es siguiendo el documento Naturaleza y misión de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (Ideario UPAEP) que en su capítulo II número 22 dice así: “El ser humano es una creatura, síntesis única de materia y espíritu, que dotado de inteligencia y voluntad no es un objeto más de la naturaleza, sino una Persona”. De acuerdo a esta definición la muerte es la disolución de aquella síntesis única de materia y espíritu, y éste último trascendería a la muerte quedando la materia como cadáver o, si se prefiere para que no suene cosificador, como restos humanos.

En la muerte el ser humano deja de ser persona, porque la muerte destruye la identidad personal de modo intrínseco, porque al ser irreversible se pierde de modo absoluto la capacidad de pensar, elegir y sentir emociones quedando un cuerpo orgánico en proceso de descomposición. La muerte siguiendo la definición del ideario UPAEP, se plantearía como aquella situación en donde el ser humano deja de ser persona porque aquella síntesis única de cuerpo y espíritu ha sido destruida de modo absoluto.

Siguiendo la definición del ideario UPAEP se puede mencionar que Leticia es persona en cuanto quien es síntesis única de materia y espíritu, pero nuestra estimada Leticia al morir, tal síntesis queda destruida irremediablemente y como consecuencia quedaría, no Leticia como persona, sino el espíritu de Leticia y el cuerpo biológico de quien fue Leticia. No se trata aquí de escribir sobre fantasmas, pero como ejemplo didáctico se podría indicar que el fantasma de Leticia no es la persona quien fue Leticia, sino solamente el espíritu de Leticia con su Inteligencia y su voluntad, el cual anda rondando por ahí, mientras el cuerpo de quien fue Leticia se encuentra en proceso de descomposición en una tumba.

La expresión persona muerta, aunque es muy válida en el uso pragmático del lenguaje, en sentido filosófico es inexacta porque la muerte destruye de modo definitivo al núcleo personal de todo ser humano en su misma raíz ontológica. Lo cual no sucede cuando se pierden partes del cuerpo humano o se nace sin algunas partes, o bien se padece una fuerte enfermedad, pues en tales casos todavía existe una persona con un cuerpo incompleto o con un cuerpo muy limitado en su salud física.

Después de la muerte se tiene a un cadáver humano o restos humanos, o sea, un cuerpo humano que ya no tiene vida como totalidad orgánica en proceso de descomposición y quien fue una persona.

Se pueden mencionar los siguientes cuestionamientos. ¿El cadáver humano puede ser tratado como simple material orgánico biológico porque ya no es una persona? Una persona (viva) es sujeto de derechos y deberes, si un cadáver humano ya no es una persona entonces ya no es sujeto de derechos y deberes, luego ¿ya no existen deberes con su cuerpo humano muerto y puede ser tratado como material orgánico biológico?

Un cadáver humano es el cuerpo orgánico de quien fue una persona en particular. Un cuerpo que formó parte intrínseca de la identidad personal de un ser humano quien en vida tuvo derechos y obligaciones.

El cadáver humano en cuanto que fue una persona y a la vez su cuerpo fue parte de una identidad personal, no puede ser igualado a materia orgánica en descomposición que jamás tuvo ese estatus ontológico.

Aunque desde un punto de vista biológico material el cadáver humano es materia orgánica en descomposición, su estatus de origen que tuvo antes de llegar a esa situación hace que tal cadáver humano posea una referencia a lo que fue, o sea, el cuerpo de una persona en singular. El cadáver humano todavía posee una dignidad, un valor que lo ubica en una deontología relativa a las personas (vivas) que se relacionan con él.

Las personas que tienen relación con un cadáver son sujetos de deberes éticos y legales con el cadáver humano en razón de que fue el cuerpo de una persona que conformó parte intrínseca de una identidad personal en particular. Volviendo al ejemplo con la querida Leticia. El cadáver de Leticia ya no es una persona viva que sea sujeto de derechos y deberes porque ya no existe como persona, pero dicho cadáver de Leticia posee una referencia personal en razón de que fue parte de la identidad personal de Leticia. Luego, por esa referencia personal todo aquél que tenga relación con el cadáver de Leticia o los restos humanos de Leticia exige una serie de deberes con el cuerpo sin vida de Leticia. ¿Cuáles son esos deberes?

Uno deber fundamental es respetar el cuerpo humano sin vida no haciéndolo objeto de diversión, de placer o de instrumentalización económica, se podría enunciar una  máxima del siguiente modo: “Tienes el deber de respetar al cadáver humano de tal modo que nunca te relaciones con él a modo de objeto de diversión, objeto placentero o de precio económico”

Si alguien juega con el cadáver humano (a como lo hacen algunas veces los estudiantes de medicina), o lo manipula sexualmente (casos de necrofilia por parte de algunos trabajadores de una funeraria) o bien hace uso de él para obtener beneficios económicos en lo que se conoce como tráfico de órganos humanos, deja de lado aquella referencia personal de la cual ya se ha hablado omitiendo el deber primordial de respetarlo, reduciéndolo a solamente materia orgánica cosificada.

El cadáver humano ya no es una persona, pero tampoco es únicamente una cosa biológica en proceso de descomposición. Es el cuerpo humano sin vida, y no está de menos volverlo a repetirlo, el cuerpo sin vida de una persona que conformó parte intrínseca de su identidad personal en particular.

El deber de respetar al cuerpo humano sin vida tiene muchas derivaciones en el orden de la práctica cotidiana cuando las personas (vivas) se relacionan con él.

Los familiares tienen el derecho de tomar decisiones sobre el cadáver humano, derecho que implica el deber de tratarlo con respeto como ya se ha esbozado. Todos aquellos que tengan que manipular al cadáver, sea para prepararlo retardando su descomposición como en el caso de una funeraria, sea para estudiarlo en la docencia médica, sea diseccionarlo con la finalidad propia de la medicina forense. Todo lo anterior que implica manipular, es decir, tocar y trabajar con el cuerpo humano sin vida, tiene sus límites éticos en la máxima ya referida:  “Tienes el deber de respetar al cadáver humano de tal modo que nunca te relaciones con él a modo de objeto de diversión, objeto placentero o de precio económico”.

Finalmente, un modo muy didáctico para resaltar la referencia personal fundada en que el cuerpo sin vida de una persona formó parte intrínseca de su identidad personal, consiste en que el docente de medicina antes de pasar con sus estudiantes a trabajar con el cadáver, haga conciencia de la persona que fue resaltando algunos aspectos biográficos como el nombre que tuvo, su ocupación, o sea, referir quien fue cuando estaba viva en la medida de lo posible.