Mis cuatro fieles y amables lectores lo saben, pues son personas asaz preparadas e informadas en lo que respecta a las lides políticas: un tema recurrente en las discusiones en México en torno al sistema electoral es el que tiene que ver con los diputados mal llamados “plurinominales” o, coloquialmente, “pluris”. Repetidamente escuchamos a políticos, ya sea desde el poder o desde las tribunas de las campañas políticas, a actores sociales y a “opinólogos” manifestarse en contra de que haya diputados que lleguen a las cámaras por medio de la representación proporcional. Este discurso parece tener eco positivo en los votantes, pues no debemos olvidar que muchísima gente no tiene idea de cuáles son las características y las diferencias de las diferentes formas de representación. Lo grave del caso es que ahora, como ya lo ha anunciado la Presidente Sheinbaum, esta idea de la desaparición de la figura de la representación proporcional estará contemplada en la propuesta de reforma electoral que la 4T está cocinando.
Cuando tenemos el propósito de entender el funcionamiento de un sistema político, es muy importante concentrarse en tres elementos fundamentales, que conocemos en conjunto como “trilogía institucional”. Esto quiere decir que debemos entender cómo funcionan tres elementos: el sistema de gobierno, el sistema electoral y el sistema de partidos. De esta forma tendremos una “fotografía” del sistema político que nos permitirá entenderlo mejor. Vayamos ahora por partes y analicemos algunos puntos importantes de los sistemas electorales.
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Podemos decir que un sistema electoral está conformado por una serie de mecanismos que traducen los votos emitidos por los electores en curules o mandatos. Los dos sistemas de representación más importantes que existen actualmente en los países democráticos son dos: los de mayoría (que puede ser relativa o absoluta) y los de representación proporcional (RP).
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Los de mayoría son también llamados “uninominales”, porque de cada circunscripción o distrito electoral emana, después de las elecciones, un solo representante (es decir, un solo “nombre”), mientras que los de representación proporcional se caracterizan porque en cada demarcación electoral se elige a más de uno (por eso “plurinominal”: muchos nombres).
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Por lo tanto, “plurinominal” es una palabra que se refiere al sistema de representación, no al diputado, a menos que se llame, por ejemplo, Carlos Leopoldo Misael Francisco José (muchos nombres), o Mónica Liliana Del Sagrado Corazón.
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No se puede decir que alguno de estos dos sea mejor que el otro, pues todo depende de las características contextuales del sistema político en cuestión, además de que cada uno persigue diferentes objetivos: los sistemas de mayoría buscan garantizar la gobernabilidad por medio del aseguramiento de mayorías legislativas, pues tienden a cimentar la prevalencia de un solo partido. Esto se debe a que los ganadores se llevan todo o casi todo y los que obtienen menor votación se quedan con las manos vacías o casi vacías. Bajo ciertas condiciones contextuales, los sistemas de mayoría tienden a conformar un sistema bipartidista. Los sistemas de representación proporcional, por su parte, persiguen un objetivo diferente: buscan reflejar en el órgano legislativo, de la manera más fiel posible, la correlación de fuerzas políticas del electorado. Es decir, la figura de representación proporcional en sus distintas versiones permite (casi) igualar el porcentaje de votos obtenidos con su porcentaje de escaños que se otorguen en el parlamento o congreso.
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No es por lo tanto necesariamente exacto que los sistemas de representación proporcional sirvan para darles entrada al poder legislativo -o a los cabildos municipales- a los partidos chicos, o para que todos los partidos que contiendan obtengan algún grado de representación en el congreso. Esto depende sobre todo de dos factores: si la circunscripción es grande (en términos de cuántos representantes se elijan, no en términos de superficie territorial), es más probable que los partidos pequeños obtengan algún escaño; si, por el contrario, la demarcación es pequeña, la probabilidad de que obtengan alguno se reducirá. Esto significa que, a mayor magnitud de la circunscripción (por ejemplo, en México las federales son cinco de 40 diputados cada una), mayor es probabilidad que tienen los partidos pequeños de obtener una curul. Esto se conoce como “barrera natural”. El otro factor es la “barrera legal”: el porcentaje de votación que la ley exige para que un partido tenga representación en el órgano legislativo: 3%, 5%, etc. El que quede debajo de esa marca no pasa.
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Así que un sistema de RP no necesariamente les da entrada a los partidos chicos, pues si las circunscripciones son pequeñas, las probabilidades de que un partido pequeño obtenga una curul disminuyen. Si tuviéramos, por ejemplo, 20 circunscripciones federales de 10 diputados cada una, lograrían entrar al Congreso federal mayoritariamente los candidatos de los partidos más fuertes en la circunscripción respectiva. Sería entonces más probable que los chicos quedaran fuera. Y si la barrera legal es alta, los partidos pequeños verían igualmente disminuidas sus probabilidades de obtener un escaño. Por lo tanto, lo que los sistemas de RP buscan es garantizar una representación más proporcionada en los órganos colegiados (cámaras legislativas y cabildos, por ejemplo, si pensamos en México).
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El problema de los sistemas de mayoría es que son altamente desproporcionales: quien pierde, así sea por muy poco margen, no gana absolutamente nada. Ha habido casos en los que un partido con buena votación general obtiene menos escaños, debido a la distribución geográfica de la votación. En el Reino Unido, por ejemplo, ha ocurrido que el Partido Liberal, con un 20% de la votación en todo el país, no gana un solo escaño en el Parlamento. Por eso se afirma que los sistemas de mayoría provocan una alta desproporción: los otros dos partidos ingleses se quedaron con el 100% de las curules, cuando ganaron menos del 80% de los votos (si contamos las abstenciones, votos inválidos, etc.).
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Es por lo tanto saludable que en México tengamos un sistema “segmentado”: una parte de los diputados se elige por mayoría relativa (en el Congreso de la Unión son 300 diputados por esta vía), y otra parte (200), por vía de la representación proporcional. Esto permite compensar un poco la desproporcionalidad del sistema de mayoría. Algo similar ocurre en los órganos legislativos estaduales y en los cabildos municipales.
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De ahí que la inmensa mayoría de los países democráticos occidentales privilegie la representación proporcional, con algunas variantes. Los únicos que prefieren alguna modalidad de los sistemas de mayoría son Estados Unidos de América, Francia y el Reino Unido.
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Hay personas que afirman que el sistema plurinominal es pernicioso por la forma en que se eligen las listas en los partidos, pero nunca explican bien por qué. Lo que hay que distinguir es que una cosa es el sistema de representación en sí y otra muy diferente la democracia interna de los partidos, la corrupción interna y la falta de transparencia en los procesos de selección interna. No debemos confundir ambas esferas, además de que también pueden existir anomalías en la selección de los candidatos de mayoría. No es lógico que los partidos jueguen limpio en un proceso de selección interno y en el otro no.
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Lo que sí habría que eliminar, porque no tiene razón de ser, es la lista de “senadores de representación proporcional”, también llamados “senadores de lista”, pues, al ser por definición un Senador el representante de su estado, miembro de la federación, ¿a quién representan entonces los senadores de la lista? Eso sí que debería desaparecer.
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Así que, en el caso de la “Cámara de Gladiadores” (como ahora se llama el Senado después de la trifulca del miércoles), podrían quedarse los 64 senadores electos por mayoría relativa (dos por cada entidad federativa) y los 32 de la primera minoría (uno por cada una de ellas).
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El reclamo (infundado) de que a los diputados “pluris” no los eligen los ciudadanos podría quedar anulado si el elector, en lugar de tener que votar por la lista completa e inamovible de diputados de RP, pudiese concederle su voto a quien él decidiera en la lista: es decir, al hacer el conteo de votos, serían los electores quienes determinaran el orden de prelación de los candidatos que aparezcan en la lista.
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En los países con predominio de la RP, la participación ciudadana en las elecciones tiende a ser mayor que en las naciones en donde predomina algún sistema de mayoría.
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Como vemos, el asunto no es tan fácil como lo pretenden ver muchos comunicadores no muy enterados y muchos políticos demagogos. Aquí también se refleja, desafortunadamente, el carácter “ranchero” y provincial del universo político y de la opinión pública en México: muchos no saben lo que pasa fuera de nuestro país. Si la mayoría de las naciones democráticas del planeta prefieren el sistema de RP, ¿por qué aquí piden que desaparezca? ¿Por qué no mejor buscan el problema en donde posiblemente esté? ¿No será que el problema radica en la deficiente democracia interna de los partidos, en los abusos de sus dirigentes y en nuestra incipiente cultura política, poco inclinada a la democracia y a sus valores? El obstáculo no está, por lo tanto, en el sistema de representación. La cultura política prevaleciente en México es, por lo que vemos, proclive al autoritarismo, y nos ha orillado a donde estamos ahora: a las puertas de la autocracia.